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Nuevas medidas de apoyo a la solvencia empresarial

18/11/2020

Nuevas medidas de apoyo a la solvencia empresarial

Flash informativos

El Consejo de Ministros aprobó ayer nuevas medidas enfocadas a resolver los problemas de liquidez de empresas y autónomos mediante la modificación de las condiciones de los créditos ICO y a evitar declaraciones de concurso o aperturas de la fase de liquidación respecto empresas que podrían ser viables.

>> Nuevas condiciones de los créditos con garantía ICO (Novación) al amparo del Real Decretoley 8/2020, de 17 de marzo

  • Ampliación del plazo máximo a 8 años.
  • Ampliación del periodo máximo de carencia a 24 meses.
  • A solicitar en las entidades financieras por el deudor antes del 15 de mayo de 2021, que debe cumplir con ciertos requisitos de elegibilidad (no morosidad, no CIRBE, no concurso, y etc) para poder acogerse a dichas ampliaciones.
  • Las entidades financieras no podrán incrementar de forma injustificada el tipo de interés ni exigir la contratación de productos vinculados y habrán de mantener las líneas de circulante hasta el 30 de junio de 2021.
  • Rebaja de hasta el 50% de los aranceles notariales y registrales en las extensiones de plazos.
  • Exención de la cuota gradual de documentos notariales de la modalidad del ITP y AJD de escrituras elevadas a público derivadas de estas operaciones.

 
>> Medidas de liquidez: ampliación del plazo de concesión de las líneas de avales públicos gestionadas por el Instituto de Crédito Oficial (ICO) hasta el 30 de junio 2021. Los criterios de elegibilidad de empresas y autónomos son los mismos. Los plazos máximos son los expuestos en el epígrafe anterior.
 

>> Medidas concursales

  • Extensión hasta el 14 de marzo de 2021 de la moratoria del deber de solicitar la declaración del concurso de acreedores.
  • Extensión hasta el 14 de marzo de 2021 de la suspensión de la admisión a trámite de las solicitudes de concurso necesario.
  • La obligación del juez de dar traslado al concursado de las solicitudes de incumplimiento del convenio que se presenten hasta el 31 de enero de 2021, pero no las admitirá a trámite hasta que el 30 de abril de 2021, plazo en que el deudor podrá solicitar la modificación de convenio.
  • La obligación del juez de dar traslado al deudor de las solicitudes de incumplimiento del acuerdo de refinanciación que se presenten hasta el 31 de enero de 2021, pero sin que sean admitidas a trámite hasta el 28 de febrero de 2021, plazo máximo en que el deudor podrá comunicar un nuevo el inicio de negociaciones con los acreedores, aunque no hubiera transcurrido un año des de la anterior solicitud de homologación.

 
>> Medidas mercantiles

  • Se amplía durante el ejercicio 2021 el plazo de vigencia para que, aunque no esté previsto en los estatutos de la entidad, las juntas generales de sociedades limitadas, las reuniones de patronato de fundaciones y las asambleas de asociados o socios del resto de personas jurídicas de Derecho Privado (asociaciones, sociedades civiles y cooperativas), puedan celebrarse por videoconferencia o conferencia telefónica múltiple siempre que los asistentes dispongan de los medios necesarios, el secretario del órgano reconozca su identidad y así lo exprese en el acta que habrá de remitir a continuación a las direcciones de correo electrónico de los asistentes. En el caso de sociedades anónimas, en la convocatoria de la junta podrá preverse la asistencia por medios telemáticos y el voto a distancia así como la celebración de la reunión en cualquier lugar del territorio nacional.
  • Se amplía hasta el 30 de junio de 2021 el plazo de suspensión regulado en la Ley 19/2003 aplicable residentes de otros países de la Unión Europea y de la Asociación Europea de Libre Comercio que pretendan realizar inversiones extranjeras directas sobre empresas cotizadas en España o sobre empresas no cotizadas cuando el valor de la inversión exceda de 500 millones de euros. Constituyen inversiones extranjeras directas aquéllas en virtud de las cuales el adquirente (ya sea residente de países de la Unión Europea y de la Asociación Española de Libre Comercio o su titularidad real corresponda a residentes de esos países) pase a ostentar una participación igual o superior al 10% del capital social o adquiera una posición de control como consecuencia de una operación societaria o negocio jurídico.

 
 >> Medidas fiscales

  • Se establece de nuevo la exención a efectos de IVA aplicable a la compra de determinados productos sanitarios por parte de hospitales con efectos desde el 1 de noviembre de 2020 al 30 de abril de 2021 y se rebaja el IVA de las mascarillas del 21% al 4% hasta el 31 de diciembre de 2021.
  • En el ámbito de los créditos fiscales, se amplía el marco de la Deducción por inversiones cinematográficas; se amplían las medidas previamente establecidas tendentes a los incentivos fiscales del sector del automóvil para adaptarlos a la regulación comunitaria; y se modifica la deducción por innovación aumentando el tipo de deducción al 50% en el caso de las PyMes, y para el resto al 15%.

Para más información:

Nerea Pérez de Guzmán
Socia área Reestructuraciones

Xavier García
Asociado Lener Administraciones Concursales

Cristina Hernández Lería
Socia Dpto. Mercantil

Jesús Pérez Esquide
Socio Dpto. Fiscal

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