Logo Lener
ES • EN • CA
  • La Firma

    Quiénes somos

    RSE

    Alianzas

  • Prácticas

    Reestructuraciones

    Legal y Tributario

    M&A y Mercantil

    Laboral y PRL

    Fiscal y Tributario

    Procesal y Arbitraje

    Inmobiliario y Urbanismo

    Público

    Compliance y Gobierno Corporativo

    Administraciones Concursales

  • Sectores

    Sanitario y Farmacéutico

    Hotelero

    Inmobiliario

    Agroalimentario

    Fundaciones y ONG’s

    Cliente Privado

    Transporte

    Construcción y Obra pública

  • Corp.Finance
  • Profesionales
  • Actualidad
  • Talento
  • Contacto

Agilización formalización y tramitación escrituras ante Notarios

19/05/2023

Agilización formalización y tramitación escrituras ante Notarios

Flash informativos

El pasado 10 de mayo entró en vigor la Ley 11/2023, de 8 de mayo, de trasposición de Directivas de la Unión Europea en materia de accesibilidad de determinados productos y servicios, migración de personas altamente cualificadas, tributaria y digitalización de actuaciones notariales y registrales. Dicha ley modifica la Ley 12/2011, de 27 de mayo, sobre responsabilidad civil por daños nucleares o producidos por materiales radiactivos. Entre las novedades que incluye se encuentra un nuevo artículo 17 ter en la Ley Orgánica del Notariado que permite formalizar determinados actos jurídicos ante notario por medios telemáticos. Dichos actos comprenden pólizas mercantiles, actas de juntas de socios, cartas de pagos y cancelaciones de garantías, escrituras de revocación de poderes, escrituras de constitución de sociedades, poderes de representación procesal ante las administraciones públicas y poderes especiales para actos concretos, testimonios de legitimación de firmas, testamentos, actas de conciliación, y cualesquiera actos jurídicos para los que se prevea reglamentariamente este medio de otorgamiento. 

El procedimiento de formalización por vía telemática se efectuará a través de aplicación abierta en la sede electrónica notarial utilizando los sistemas de identificación electrónica previstos en el artículo 9 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Dicha aplicación deberá garantizar los principios de neutralidad tecnológica e interoperabilidad. Asimismo, en el acto de otorgamiento, el notario deberá exhibir al compareciente el documento a través de la plataforma, de modo que pueda leerlo, sin perjuicio de la lectura alternativa por el notario y del asesoramiento que debe prestar acerca de su contenido.

 

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-11022

Últimas noticias

Aranceles a las películas extranjeras exhibidas en Estados Unidos
12/05/2025
Regulación del registro de unidades de alojamiento de corta duración
09/05/2025
Balance del primer mes de aplicación de los MASC
07/05/2025

Suscribirse a la newsletter

Entérate de nuestras últimas noticias

Suscribirse
Suscribirse a la newsletter
* indicates required

Podrá cancelar su suscripción al newsletter en cualquier momento a través del enlace que encontrará en cada correo que reciba de nuestro newsletter.

Logo Lener
ISO
Madrid•
Barcelona•
Oviedo•
Valladolid•
Vigo•
Sevilla
Paseo de la Castellana, 23 | 28046 - Madrid | +34 913 912 066

Lener © Todos los derechos reservados  |   Canal interno de información  |   Política de Privacidad  |   Política de Seguridad  |   Política de Cookies  |   Aviso Legal
Diseño web: Social Lex & Fontventa