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Flash Laboral - Guías de actuación en el ámbito laboral sobre Coronavirus

05/03/2020

Flash Laboral - Guías de actuación en el ámbito laboral sobre Coronavirus

El Ministerio de Salud, por una parte, y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social por otra, han publicado guías de actuación en el ámbito laboral y de prevención de riesgos laborales, con pautas prácticas a seguir por parte de empresas y trabajadores, en línea con el Criterio 2/2020 de la ITSS. 

En síntesis, las principales medidas a tomar en consideración son las siguientes: 

  • Se debe proceder a paralizar la actividad laboral en caso de que exista un riesgo de contagio por coronavirus en el centro de trabajo.
  • Si el riesgo de contagio es inminente, el trabajador podría, en base al artículo 21 de la LPRL, decidir abandonar el centro de trabajo.
  • A efectos de valorar el riesgo, es necesario constatar que la continuación de la actividad laboral supone la elevación del riesgo de contagio para los trabajadores.
  • Se proponen las siguientes medidas preventivas generales:
    • Organizar el trabajo de modo que se reduzca el número de trabajadores expuestos, estableciendo reglas para evitar y reducir la frecuencia y el tipo de contacto de persona a persona.
    • Adoptar, en su caso, medidas específicas para los trabajadores especialmente sensibles.
    • Proporcionar información sobre medidas higiénicas, como lavarse las manos con frecuencia, no compartir objetos, ventilación del centro de trabajo, y la limpieza de superficies y objetos.
  • El teletrabajo podría adoptarse por acuerdo colectivo o individual, con un carácter excepcional, para el desarrollo de tareas imprescindibles que no puedan desarrollarse en el centro físico habitual.
  • La guía del Ministerio de Sanidad clasifica la exposición al riesgo de los trabajadores en función de la naturaleza de la actividad.

Por último, debe tenerse presente el artículo 30 del ET según el cual, cuando el trabajador no pudiera prestar sus servicios porque el empresario se retrasare en darle trabajo por impedimentos imputables al mismo y no al trabajador, este conservará el derecho a su salario, sin que pueda hacérsele compensar el que perdió con otro trabajo realizado en otro tiempo.

Descargar la Guía de actuación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Descargar Procedimiento de prevención de riesgos laborales del Ministerio de Sanidad

Descargar Criterio 2/2020 del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

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