Un convenio de empresa puede regular una jornada superior a la jornada prevista en el convenio colectivo del sector si este está en ultraactividad. Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Social, de 5 de octubre de 2021, Rec. 4815/2018.
Establece el Alto Tribunal que, cuando el convenio colectivo sectorial está en ultraactividad, el convenio colectivo de empresa no tiene por qué respetar lo previsto en aquél en materia de jornada, pudiendo el convenio de empresa establecer una superior.
La Sentencia permitiría cuestionarnos si esta doctrina aplicaría también en materia salarial, especialmente desde que la reforma laboral de diciembre de 2021 ha establecido la prioridad aplicativa del convenio sectorial en este aspecto.
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