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Distintivo Igualdad en la Empresa

09/10/2024

Distintivo Igualdad en la Empresa

Flash informativos

Con el fin de reconocer y estimular la labor de las empresas comprometidas con la igualdad, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, prevé la creación de un distintivo empresarial en materia de igualdad para aquellas empresas que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad entre mujeres y hombres.


La Orden IGD/954/2024, de 5 de septiembre, ha aprobado las bases de la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa» para este 2024. El plazo para solicitarlo finaliza el 14 de octubre. 

 

¿A quién está dirigido? 


Entidades o empresas, de carácter público o privado, que ejerzan su actividad en España.

 

 

¿Qué requisitos se deben cumplir?

 

 

Se establecen una serie de requisitos:

  • Inscripción en el correspondiente régimen de la Seguridad Social y/o, en el registro público que corresponda.
  • Encontrarse al corriente de las obligaciones en materia tributaria y de Seguridad Social.
  • No haber sido sancionada con carácter firme, por infracciones graves o muy graves, en los tres años anteriores a 14 de octubre:
    • En materia de igualdad y no discriminación.
    • En materia de igualdad y no discriminación en el acceso a los bienes y servicios.
    • En materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

  • Presentar una declaración de apoyo a la candidatura, firmada por la mayoría de la representación legal de las personas trabajadoras, en su defecto, por la mayor parte de la plantilla.
  • Disponer de un procedimiento específico para la prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo.
  • Disponer del registro retributivo.

 

Si tu empresa tiene obligación de elaborar e implantar un Plan de Igualdad además

 

Tener vigente y registrado un Plan de igualdad

+

Informe de seguimiento del plan de igualdad durante mínimo de dos años

+

Presencia del 30% de mujeres en el Consejo de Administración en Empresas que no pueden formular cuenta de pérdidas y ganancias abreviada

 

Si tu empresa NO está obligada a elaborar e implantar el Plan además

Tener medidas de igualdad depositadas en el REGCOM o, en su caso, disponer de un plan de igualdad voluntario

+

Haber implantado medidas de igualdad durante un período mínimo de dos años.

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